Calculadora de IVA
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La guía madre para perderle el miedo a los impuestos en México: por qué existen, cómo funcionan el IVA y el ISR, qué es el RFC, qué régimen te podría tocar y las tres herramientas fiscales — facturar, deducir, declarar — que te conviene dominar.
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Guía completa · Actualizada el
Los impuestos en México caben en una idea simple: pagas una parte de lo que consumes (IVA) y una parte de lo que ganas (ISR); el resto son reglas sobre quién cobra, cuándo y cómo. El miedo viene de que nadie nos lo explica sin tecnicismos. Esta guía es el mapa completo — para qué sirven, cuáles ya pagas, qué es el RFC, qué régimen te podría tocar y con qué herramientas se maneja todo — explicado como si fuera tu primera vez con el tema. Porque probablemente lo es.
Los impuestos son la forma en que se paga lo público: escuelas, hospitales, calles, alumbrado, seguridad, pensiones y programas sociales. Cada año el gobierno recauda y el Congreso aprueba en qué se gasta. Puedes estar más o menos de acuerdo con cómo se usa ese dinero — y es sano exigir cuentas —, pero la mecánica es esa: sin recaudación no hay gasto público.
Te confieso cómo me llevaba yo con este tema: durante años, “impuestos” me sonaba a regaño y a letra chiquita, así que lo evitaba por completo. Lo que me quitó el miedo no fue un curso de contabilidad, sino entender la lógica básica: qué se grava, quién retiene y qué me tocaba hacer a mí. Esa misma lógica es la que vas a tener tú al terminar esta guía.
¿Y por qué te conviene entenderlos, más allá del civismo?
Aunque no tengas RFC ni hayas pisado una oficina del SAT, ya eres contribuyente. Cada vez que compras en el súper, cargas gasolina o pagas el internet, una parte del precio es IVA: el Impuesto al Valor Agregado.
Así funciona:
El IVA tiene primos. El IEPS (Impuesto Especial sobre Producción y Servicios), por ejemplo, se suma en productos específicos como gasolina, refrescos, alcohol y cigarros. La idea es la misma: consumes, pagas. Si esta sección te sorprendió, esa era la intención: los impuestos al consumo son invisibles porque no te piden trámites. Los que siguen, en cambio, sí tienen reglas que te conviene conocer.
El ISR (Impuesto Sobre la Renta) es el impuesto a tus ingresos: tu sueldo, lo que cobras por tu cuenta, lo que te deja una renta o ciertas ganancias de tus inversiones. Su regla general es progresiva: quien gana más aporta un porcentaje mayor. Para 2026, la tarifa anual va de 1.92% a 35% según tu nivel de ingreso (tablas que publica el SAT, vigentes a julio de 2026); como se actualizan, consulta la tabla completa en el SAT.
Si eres asalariado, ya lo pagas cada quincena. Tu patrón calcula tu ISR, te lo retiene antes de depositarte y lo entrega al SAT a tu nombre. Por eso tu sueldo neto es menor que el bruto: si tu contrato dice $12,000 y recibes menos, la diferencia se explica en tu recibo de nómina, donde viven la retención de ISR, tu cuota del IMSS y también tus prestaciones de ley. Un impuesto que no verás ahí es el impuesto sobre nómina: lo cubre tu patrón ante el gobierno estatal y no se te descuenta. Leer tu recibo completo una vez al mes es de los mejores hábitos fiscales que existen.
Si generas por tu cuenta, el ISR no desaparece: cambia de responsable. Ya no hay patrón que retenga por ti (salvo casos específicos); te toca registrarte, calcular y declarar según tu régimen. Y ojo si tienes las dos cosas: si además de tu sueldo generas ingresos extra por fuera, esos ingresos también cuentan para el ISR.
Tener RFC no significa pagar impuestos en automático: significa estar identificado. De hecho, la ley contempla la inscripción sin actividad económica para mayores de 18 años que todavía no generan ingresos: no implica pagar ni declarar (Código Fiscal y SAT, a julio de 2026). Los requisitos revísalos en el portal del SAT.
¿Cuándo te toca tenerlo?
El trámite es gratuito y se hace directamente con el SAT, por su portal o en oficinas con cita. Desconfía de quien te cobre por “gestionarte” algo que la autoridad hace sin costo.
Un régimen fiscal es el paquete de reglas con el que el SAT te cobra según cómo generas tus ingresos: qué tasas te aplican, qué puedes deducir y qué declaraciones presentas. Piénsalo como planes de celular: el servicio es el mismo (cumplir con tus impuestos), pero las condiciones cambian según tu perfil.
| Régimen | Para quién | En una línea |
|---|---|---|
| Sueldos y salarios | Empleados formales | Tu patrón retiene y reporta por ti; tú casi no haces trámites. |
| RESICO | Personas físicas con actividad propia, hasta un tope de ingresos | Tasas bajas y cuentas simples, a cambio de condiciones y de renunciar a varias deducciones. |
| Actividad empresarial y profesional | Quien vende o da servicios por su cuenta y no entra en RESICO | Deduces los gastos de tu actividad, con contabilidad más elaborada. |
Hay más regímenes (arrendamiento si rentas un inmueble, plataformas tecnológicas si generas por aplicaciones, entre otros); todos vienen en la Ley del ISR y los topes y requisitos vigentes a julio de 2026 los publica el SAT en su portal. Pero con estos tres cubres los caminos más comunes:
La elección de régimen no es de por vida: puedes cambiar cuando tu situación cambia. Eso sí, elegir bien desde el principio ahorra trámites y dinero.
Sea cual sea tu régimen, tu vida fiscal se juega en tres verbos. Esta es la caja de herramientas, y cada una tiene su guía completa en este clúster:
1. Facturar. La factura (CFDI) es el comprobante oficial que el SAT reconoce: documenta que cobraste o que pagaste algo. Si un cliente te pidió factura y no sabes ni por dónde empezar, la guía de cómo facturar por primera vez te lleva paso a paso.
2. Deducir. Ciertos gastos personales — médicos, colegiaturas y algunos seguros, entre otros — pueden restarse de tus ingresos antes de calcular tu ISR. La mecánica: si ganaste $300,000 en el año y juntaste $20,000 en deducciones válidas, el impuesto se calcula sobre $280,000. Menos base, menos impuesto, con topes y condiciones que marca la Ley del ISR vigente a julio de 2026. La guía de deducciones personales explica qué entra y qué no.
3. Declarar. La declaración anual es el corte de caja del año con el SAT: se reportan ingresos, se aplican deducciones y sale el resultado, a pagar o a favor. Para algunas personas es obligatoria; para otras es voluntaria y conviene, porque ahí se recuperan impuestos retenidos de más. La guía de la declaración anual te dice quién debe presentarla y cómo.
¿Ves el patrón? Facturas para documentar, deduces para pagar lo justo y declaras para cerrar el año. Tres herramientas, un objetivo: que tus números cuadren sin sustos.
Los impuestos en México se resumen así: pagas por consumir (IVA, que ya pagas sin notarlo) y pagas por ganar (ISR, retenido si eres asalariado o declarado si generas por tu cuenta). El RFC te identifica, el régimen define tus reglas y las tres herramientas — facturar, deducir, declarar — hacen el trabajo del día a día. Los montos y las tasas cambian cada año y viven en el SAT; la lógica no cambia, y esa ya la tienes. Tu siguiente paso: ubica tu situación de hoy, confirma tu régimen y entra a la guía de la herramienta que te toque estrenar primero.
Casi todo lo hace tu patrón: calcula tu ISR, te lo retiene cada periodo de pago y lo entrega al SAT a tu nombre. Pero hay supuestos en los que además te toca presentar declaración anual: por ejemplo, si tuviste dos o más patrones al mismo tiempo, si tus sueldos del año rebasaron los $400,000 o si recibiste otros ingresos aparte del sueldo (así lo marca la Ley del ISR vigente a julio de 2026). En este mismo clúster tenemos una guía completa de la declaración anual que revisa esos casos uno por uno.
La obligación no desaparece por no registrarte: si generas ingresos, la ley ya te considera contribuyente. El SAT recibe información de bancos y plataformas, así que tarde o temprano ese movimiento se nota. Regularizarte por voluntad propia suele ser más simple y barato que esperar un requerimiento, porque los adeudos acumulan actualizaciones y recargos. Si ya vendes, date de alta y elige régimen cuanto antes; el trámite pesa menos que la incertidumbre.
No. El IVA grava el consumo: lo pagas al comprar, ya viene incluido en el precio y el negocio se lo entrega al SAT. El ISR grava tus ingresos: lo pagas cuando ganas dinero, sea por sueldo, por tu cuenta o por rentas. Por eso puedes pasar la vida pagando IVA sin tener RFC, pero el ISR aparece en cuanto generas ingresos formales.
No en todos los casos. Como asalariado puro, rara vez: tu patrón hace el trabajo pesado. Si empiezas a facturar o tienes actividad propia, un contador te ahorra errores caros al elegir régimen y presentar declaraciones, sobre todo al principio. Una ruta razonable: haz tú mismo los trámites simples y busca ayuda profesional cuando tu actividad crezca o tu caso se complique.
Guías paso a paso, con ejemplos en pesos y sin promesas mágicas.
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