El aguinaldo es un derecho de ley, no un regalo de tu jefe: te corresponde un mínimo, tiene fecha límite de pago y una parte puede pagar impuestos. Aquí entiendes cuánto te toca, cómo se calcula y un plan para que no se te esfume.
Por Sergio Brito
· Actualizado el · Datos de México
Foto: Pexels
El aguinaldo no es un regalo de tu jefe: es un derecho que marca la ley. Si trabajas de manera formal, te corresponde un mínimo, tiene fecha límite de pago y —ojo— una parte puede pagar impuestos. Entender cuánto te toca y tener un plan para usarlo es la diferencia entre que te dure y que se evapore en enero. Aquí lo ves claro.
Lo que más veo entre lectores es que se lo gastan dos veces: una en la cabeza desde noviembre y otra cuando por fin cae el depósito. Saber cuánto te toca y decidirle destino antes es lo que rompe ese ciclo.
Qué es el aguinaldo y quién tiene derecho
El aguinaldo es una prestación anual obligatoria para los trabajadores formales en México. La Ley Federal del Trabajo lo garantiza: tu empleador está obligado a pagarlo, no es un bono voluntario ni depende de su buena voluntad.
Quién tiene derecho: los trabajadores subordinados (con relación laboral formal), hayan trabajado el año completo o solo una parte.
Cuánto es el mínimo: al menos 15 días de salario para quien trabajó el año entero (mínimo de ley; tu empresa puede dar más).
De dónde sale: de la Ley Federal del Trabajo, Artículo 87.
Aguinaldo, PTU, bono y prima vacacional no son lo mismo
Aquí se confunde mucha gente, y la confusión cuesta dinero: se cuenta dos veces el mismo ingreso o se espera algo que nunca va a llegar. Cada concepto tiene su propia lógica y su propia época del año.
Concepto
¿Es obligatorio?
¿Cuándo suele llegar?
Depende de
Aguinaldo
Sí, por ley
Fin de año, con fecha límite legal
Tu salario y el tiempo trabajado en el año
Prima vacacional
Sí, por ley
Cuando tomas vacaciones
Tus días de vacaciones y tu salario
PTU (reparto de utilidades)
Sí, cuando la empresa genera utilidad repartible
Después del cierre fiscal de la empresa
Que haya utilidades y cómo se reparten
Bono o gratificación
No, es voluntario
Cuando la empresa decida
Políticas internas, resultados, tu jefe
La diferencia práctica: el aguinaldo y la prima vacacional puedes darlos por hechos y planearlos; la PTU depende de que la empresa haya tenido utilidades; y un bono no deberías presupuestarlo nunca hasta que esté depositado. El panorama completo de lo que te corresponde por trabajar formal está en la guía de prestaciones de ley.
Cómo se calcula tu aguinaldo (con ejemplo en pesos)
El cálculo parte de tu salario diario —que por ley nunca puede ser menor al salario mínimo— y de los días de aguinaldo que te correspondan.
Para quien trabajó el año completo con el mínimo de ley:
Aguinaldo = salario diario × 15 días
Un ejemplo con números ilustrativos: si tu salario diario es de $500, tu aguinaldo mínimo sería $500 × 15 = $7,500 (antes de impuestos).
Si no trabajaste el año completo, te toca la parte proporcional. La lógica: divides los días de aguinaldo entre los 365 del año y lo multiplicas por los días que sí trabajaste.
Por ejemplo, con salario diario de $500 y 180 días trabajados: (15 ÷ 365) × 180 × $500 ≈ $3,699. Usa tus cifras reales; estos montos solo muestran la mecánica.
El cálculo paso a paso, sin equivocarte
Si quieres llegar a tu número con confianza, hazlo en este orden. Toma tu recibo de nómina y una calculadora:
Saca tu salario diario real. Si te pagan mensual, divide entre 30; si te pagan quincenal, divide entre 15. El dato clave es el sueldo pactado en tu contrato, no lo que te depositan ya con descuentos.
Revisa cuántos días de aguinaldo te corresponden. Busca tu contrato individual o el contrato colectivo: muchas empresas dan más que el mínimo de ley. Si no encuentras nada por escrito, aplica el mínimo legal vigente.
Cuenta tus días trabajados en el año. Si entraste a mitad de año, si saliste o si tuviste una baja, este número cambia todo. Cuenta desde tu fecha de ingreso al cierre del periodo que corresponda.
Multiplica y saca tu bruto. Con los tres datos anteriores ya tienes el aguinaldo antes de impuestos.
Descuenta la retención de ISR. Una parte está exenta y el excedente causa impuesto: aquí es donde el número baja respecto a tu cuenta mental. El criterio vigente lo publica el SAT.
Compara contra lo que te depositen. Si hay diferencia grande, pregunta en Recursos Humanos con tu cálculo en la mano, no con la sospecha.
Cómo revisar que te lo pagaron bien
El aguinaldo aparece en tu recibo de nómina como un concepto identificable, junto con la retención correspondiente. Vale la pena abrirlo y leerlo en vez de mirar solo el saldo del banco: ahí ves si el salario base que usaron es el correcto, si contaron bien tus días y cuánto se retuvo. Si el formato te parece jeroglífico, la guía de cómo leer tu recibo de nómina te enseña a ubicar cada línea.
Errores típicos que sí he visto en nóminas reales: días trabajados mal contados cuando alguien entró a mitad de año, aguinaldo calculado sobre un salario desactualizado después de un aumento, y personas con dos periodos en la misma empresa a las que solo les contaron uno. Ninguno es mala fe necesariamente; casi siempre es captura. Pero si no revisas, nadie lo corrige por ti.
¿El aguinaldo paga impuestos? La parte exenta y la gravada
Sí, aunque no todo. Una parte de tu aguinaldo está exenta de ISR hasta cierto tope, y lo que pase de ese tope sí paga impuesto.
El tope exento se mide en UMA (Unidad de Medida y Actualización), cuyo valor cambia cada año.
Por eso no te damos aquí el monto exacto: la cifra exenta depende de la UMA vigente.
Verifica el tope y el cálculo del año en curso con el SAT antes de hacer cuentas finas.
Cuándo te lo deben pagar
La ley marca una fecha límite clara: el aguinaldo debe pagarse antes del 20 de diciembre. Si llega esa fecha y no te pagaron, tienes derecho a reclamarlo ante la autoridad laboral (la Procuraduría de la Defensa del Trabajo puede orientarte). Confirma la fecha y el procedimiento vigentes en la fuente oficial.
El error de gastarlo antes de recibirlo
Aquí está el hoyo más grande de la temporada, y no tiene nada que ver con la ley: tiene que ver con el calendario comercial. El aguinaldo llega en diciembre, pero las promociones grandes arrancan antes. El Buen Fin cae en noviembre, cuando todavía no tienes el dinero, y las ofertas de diciembre siguen apretando hasta el último día del año.
El resultado es predecible: mucha gente compra en noviembre contra un aguinaldo que aún no existe, casi siempre a meses. Cuando el depósito por fin cae, ya no es dinero libre: es dinero que llega comprometido con pagos que empiezan a cobrarse en enero. Y como el monto real suele ser un poco menor al calculado en la cabeza —por la retención—, la cuenta no cierra.
Dos reglas simples para no caer:
No compres contra dinero que no está depositado. Ni aguinaldo, ni bono, ni PTU, ni una venta que “seguro cierra”.
Ponle tope a diciembre antes de que empiece. Regalos, cena, posadas, viaje: todo cabe si hay número. Sin número, siempre falta. El paso a paso está en la guía de presupuesto navideño.
Cómo repartir tu aguinaldo para que rinda
Aquí se decide si el aguinaldo te cambia el arranque de año o desaparece en las posadas. Un plan por prioridades:
Deudas caras primero. Si traes saldo en tarjeta, abonar ahí te “rinde” más que casi cualquier inversión, porque te ahorras intereses altos. Ataca las deudas caras con un plan.
Tu fondo de emergencia. Si no tienes colchón, este es el momento de armarlo o reforzarlo. Así se arma tu fondo.
Una meta concreta. Enganche, un curso, algo que te acerque a un objetivo. Puedes guardar ese dinero mientras tanto en un instrumento de bajo riesgo como los CETES.
Algo de gusto, sin culpa. Aparta una parte para disfrutar. Un plan realista incluye premio; si no, no se sostiene.
Una forma simple: decide los porcentajes antes de que caiga el aguinaldo y repártelo el mismo día que lo recibas. Lo que no tiene un destino asignado, se gasta solo. Si quieres, encuádralo dentro de tu presupuesto.
Por qué ese orden y no otro
El orden no es capricho ni moralina: es matemática y es psicología, en ese orden.
La deuda cara va primero porque es la única “inversión” con resultado conocido. Cuando abonas a un saldo que genera intereses altos, te ahorras esos intereses con certeza. Ningún instrumento de ahorro te ofrece esa misma seguridad, porque los rendimientos varían y nada te asegura un resultado. Dicho simple: pagar una deuda cara rinde por la vía de dejar de perder, que es la única forma de rendimiento que no depende del mercado.
El fondo de emergencia va segundo porque protege todo lo demás. Sin colchón, el primer imprevisto del año te regresa a la tarjeta y deshace el paso uno. Pagar deuda sin dejar nada de reserva es como reparar el techo y dejar la puerta abierta.
La meta va tercera porque es lo que le da sentido al esfuerzo. Un enganche, un curso, la herramienta que te hace ganar más: dinero que trabaja para tu año siguiente.
El gusto va al final en la lista, pero se aparta primero en la práctica. Suena contradictorio y no lo es: en la jerarquía es lo último que debería crecer, pero es lo primero que debes separar para que el plan no se rompa.
Un reparto de referencia (ajústalo a tu caso)
No existe un reparto correcto para todos, pero sí un punto de partida según cómo estés parado. Porcentajes ilustrativos, no una fórmula:
Tu situación
Deuda cara
Fondo de emergencia
Meta o inversión
Gusto
Traes tarjetas con saldo alto
La mayor parte
Una porción mínima
Nada por ahora
Una rebanada pequeña
Sin deuda cara, sin colchón
—
La mayor parte
Una porción
Una rebanada pequeña
Sin deuda y con colchón hecho
—
Reforzar un poco
La mayor parte
Una rebanada mayor
Con deuda y sin colchón
Buena parte
Buena parte
Nada por ahora
Una rebanada pequeña
La regla que sí es universal: el gusto siempre existe y siempre es la rebanada más chica. Y todo lo que no tenga nombre y destino escrito, se lo lleva diciembre.
Si vienes con deudas de tarjeta
Este es el escenario más común entre quienes esperan el aguinaldo con ansias, y también donde ese dinero puede rendir más. Cuatro movimientos concretos:
Haz la lista completa antes de abonar nada. Cada tarjeta o crédito con su saldo y su costo. No adivines: revisa estados de cuenta. Es incómodo y dura veinte minutos.
Abona a la deuda más cara, no a la que te da más pena. La lógica financiera dice que ataques primero la que más intereses te cobra; si necesitas la motivación de ver una deuda desaparecer, la alternativa es liquidar primero la más chica. Las dos rutas son válidas y están explicadas en la guía para salir de deudas que enlacé arriba.
Abona de golpe, no en goteo. Un abono grande al capital le pega al problema; repartir el aguinaldo en pagos mínimos durante meses solo mantiene vivo el saldo. Si no tienes claro por qué, el efecto de quedarte en el pago mínimo de la tarjeta es de los conceptos que más caro salen por no entenderlos a tiempo.
Cierra la puerta de salida. Si liberas límite en la tarjeta y la sigues usando igual, en marzo estás donde empezaste. Baja el uso de esa tarjeta mientras reconstruyes.
Si no tienes fondo de emergencia
Si no traes deuda cara pero tampoco colchón, tu aguinaldo tiene un destino casi obvio: es probablemente la única oportunidad del año de armar una reserva de un jalón, sin depender de ahorrar de a poquito durante meses.
Empieza por lo mínimo viable. No apuntes de entrada a la meta completa —eso desanima—; apunta a cubrir un mes de tus gastos esenciales: renta, comida, servicios, transporte. Ese primer escalón ya cambia tu vida financiera, porque convierte una urgencia en un trámite.
Guárdalo donde cumpla dos condiciones: que puedas sacarlo rápido y que no lo veas todos los días. Una cuenta separada de la de tu gasto diario, sin tarjeta a la mano, hace más por tu fondo que cualquier fuerza de voluntad. El detalle de cuánto necesitas y dónde guardarlo está en la guía del fondo de emergencia que enlacé más arriba.
Y si tienes deuda cara y cero colchón al mismo tiempo, no elijas: haz las dos cosas en proporción. Un fondo pequeño te evita volver a endeudarte al primer tropiezo, y el resto va contra la deuda.
El gusto sin culpa es parte del plan, no el pecado
Insisto en esto porque veo el error todo el tiempo, y en las dos direcciones.
La primera dirección es la obvia: gastarlo todo en diciembre y arrepentirse en enero. Pero la segunda es igual de común y menos comentada: el plan perfecto, monástico, sin un peso de disfrute. Ese plan se rompe. No a los tres meses: a la segunda posada. La persona que se prohíbe todo termina gastando de golpe y con culpa, que es la peor combinación posible.
El aguinaldo llega justo en la temporada donde hay más razones legítimas para gastar: la familia, los que viajan a verte, la cena, los niños. Negarlo no es disciplina, es negación. Lo que sí funciona:
Decide el monto del gusto en frío, en noviembre, cuando nadie te está mirando el carrito.
Sepáralo el día que cae el depósito, en otra cuenta o incluso en efectivo.
Gástalo completo y sin remordimiento. Ya lo planeaste: disfrutarlo es cumplir el plan, no romperlo.
No lo estires. Si se acabó, se acabó. El límite lo pusiste tú, no tu jefe ni tu banco.
Un plan que incluye premio se sostiene. Un plan que solo tiene sacrificio dura hasta el primer viernes.
La cuesta de enero es la verdadera prueba
Diciembre no es el examen del aguinaldo: enero sí. Es ahí donde se ve si tomaste buenas decisiones, porque enero concentra cobros que el resto del año no existen —predial, refrendo, colegiaturas, inscripciones, seguros anuales, renovaciones— y, en muchas empresas, la primera quincena tarda más de lo normal en llegar porque la nómina de diciembre se adelantó.
Por eso vale la pena una regla extra que no está en la lista de prioridades: una parte de tu aguinaldo, en realidad, es dinero de enero. Etiquétala así desde noviembre y diciembre no podrá tocarla.
Cómo hacerlo en concreto:
Escribe tu lista de cobros de enero con monto aproximado y fecha. Casi todos son predecibles desde hace meses.
Suma el total y sepáralo del aguinaldo el día que caiga, antes de cualquier otra cosa.
Guárdalo en una cuenta distinta a la del gasto diario.
Lo que sobre después de esa separación, ese sí es el aguinaldo que repartes con el plan de prioridades.
El desarme completo del mes, con plan de emergencia si ya estás dentro, está en la guía de la cuesta de enero. Si llegas a enero con esa lista ya cubierta, el año arranca en plano en vez de en subida.
Cómo repartirlo según tu situación
El mismo aguinaldo pide decisiones distintas según de dónde vengas.
Si eres asalariado con ingreso estable. Tienes la ventaja de la previsibilidad: puedes decidir porcentajes con meses de anticipación y ejecutarlos el mismo día del depósito. Tu riesgo no es la falta de dinero, es la falta de decisión previa.
Si el aguinaldo es tu única bolsa grande del año. Aquí cambia la prioridad. Cuando el resto del año vives al filo y este es el único momento en que ves una suma junta, ese dinero no debería repartirse como premio sino como infraestructura: primero lo que te quita presión estructural —deuda cara y colchón—, porque son las dos cosas que hacen que los otros once meses duelan menos. La meta y el gusto siguen existiendo, pero en rebanadas chicas. Un solo movimiento bien hecho al año cambia el año entero; un solo movimiento mal hecho también.
Si vives con familia y el aguinaldo es de todos. Ponlo sobre la mesa antes de que caiga, literalmente. La conversación de “cuánto de esto es para diciembre y cuánto para enero” es mucho más fácil en noviembre que el 24 en la noche. Acuerden números, no intenciones: “no gastemos mucho” no es un acuerdo, “3,000 pesos para regalos en total” sí lo es.
Si acabas de entrar al trabajo. Vas a recibir proporcional, y probablemente menos de lo que esperabas. No es un error de la empresa: es la mecánica de los días trabajados. Calcúlalo antes para que la expectativa no te tumbe el diciembre.
Si eres independiente, freelance o tienes tu propio negocio. El aguinaldo nace de la relación laboral formal: si trabajas por tu cuenta, nadie te lo debe. Pero eso no significa que no puedas tenerlo — significa que el que lo tiene que apartar eres tú. La versión que funciona:
Separa un porcentaje fijo de cada cobro durante todo el año, en una cuenta aparte, y trátalo como intocable.
Trátalo como un gasto obligatorio del negocio, no como sobrante. Si esperas a que “sobre”, nunca sobra.
Súmale un colchón extra si tus ingresos son irregulares: el manejo de ingresos que cambian mes a mes tiene su propia técnica, y está en la guía de presupuesto para ingresos variables.
En diciembre tendrás tu propia bolsa de fin de año, sin depender de que un cliente pague a tiempo.
En veinte años auditando empresas y negocios digitales he visto que los independientes que sobreviven a los diciembres flojos son casi siempre los que se pagan su propio aguinaldo durante el año. Los que no, financian diciembre con crédito y arrancan enero pagando intereses por la cena de Navidad.
Cuándo NO conviene seguir este plan al pie de la letra
Ningún consejo general aplica a todos los casos. Estas son las situaciones donde el orden de prioridades se dobla, y con razón:
Cuando hay una urgencia real encima. Un tema de salud, una reparación de la que depende tu ingreso, un trámite legal con fecha. Eso va antes que cualquier plan de reparto. El plan sirve para el dinero disponible, no para el dinero que ya tiene dueño.
Cuando tu ingreso está en riesgo. Si hay recortes en tu empresa o tu contrato termina pronto, la prioridad se vuelve liquidez: dinero disponible y accesible, aunque signifique posponer abonos a deuda. Poder comer tres meses vale más que un saldo más bajo.
Cuando la deuda es pequeña y el colchón es cero. Liquidar una deuda chiquita puede esperar; quedarte sin ninguna reserva, no.
Cuando el aguinaldo es tu ingreso de subsistencia de diciembre. Si sin él no cubres lo básico del mes, primero cubres lo básico. Repartir por prioridades es un lujo que empieza cuando lo esencial ya está pagado, y decirlo de otro modo sería deshonesto.
Cuando nadie más en tu casa está de acuerdo. Un plan financiero que solo existe en tu cabeza y que otra persona puede gastar no es un plan. Antes de repartir, acuerda.
Nada de esto garantiza un año sin sustos. Lo que sí hace es reducir el número de decisiones que tomas con prisa y con el dinero encima.
Errores comunes con el aguinaldo
Gastarlo antes de que llegue. Comprometerlo mentalmente en diciembre es la receta para empezar enero endeudado.
Olvidar el ISR. Contar con el monto “en bruto” y llevarte una sorpresa cuando llega un poco menos.
Usarlo todo en gasto de temporada. Las fiestas se acaban; una deuda pagada o un fondo armado, no.
No repartirlo con un plan. Sin porcentajes decididos de antemano, el aguinaldo se diluye sin que sepas en qué.
Dejarlo en la cuenta de siempre “unos días”. El dinero que convive con tu gasto diario se mezcla y desaparece. Sepáralo el mismo día que cae.
No revisar el recibo. Un error de captura en tus días trabajados o en tu salario base solo se corrige si alguien lo nota, y ese alguien eres tú.
Confundirlo con la PTU o con un bono. Contar dos veces el mismo dinero, o presupuestar algo que quizá no llegue, arruina el plan antes de empezar.
Usarlo para el enganche de un gasto recurrente. El aguinaldo es dinero de una vez; comprometerlo en algo que te va a cobrar todos los meses cambia tu presupuesto para el resto del año.
Repartirlo sin apartar lo de enero. El error más caro de todos, porque no se siente en diciembre: se siente el 10 de enero.
Preguntas rápidas sobre el aguinaldo
¿Me pueden pagar el aguinaldo en especie, con despensa o vales? El aguinaldo es una prestación en dinero. Los apoyos en especie pueden existir como beneficio adicional, pero no sustituyen la obligación. Si te lo quieren cambiar por mercancía, consulta con la autoridad laboral.
¿Y si renuncié o me despidieron a mitad de año? Te corresponde la parte proporcional al tiempo que trabajaste. Suele ir incluida en el finiquito, así que revísala en el desglose y no la des por perdida.
¿Puedo pedir que me lo adelanten? Depende de la política de tu empresa; no es un derecho exigible. Y aunque te digan que sí, piénsalo: adelantarlo casi siempre significa gastarlo antes de tener un plan.
¿Cuenta el aguinaldo para mi crédito o para trámites? Es un ingreso extraordinario, no parte de tu sueldo mensual. Algunas instituciones lo consideran de forma distinta al ingreso fijo, así que no lo asumas: pregunta antes de firmar algo contando con él.
¿Conviene invertirlo todo? Solo si no traes deuda cara y ya tienes colchón. Invertir con la tarjeta al tope es pagar intereses altos por el privilegio de perseguir un rendimiento incierto.
¿Y si me pagan menos de lo que calculé? Primero revisa la retención de ISR y tus días trabajados: ahí está la explicación en la gran mayoría de los casos. Si aun así no cuadra, plantéalo en Recursos Humanos con tu cálculo por escrito; si no hay respuesta, la autoridad laboral es el siguiente paso.
Conclusión: un derecho que sabes usar
El aguinaldo es tuyo por ley: te toca un mínimo, tiene fecha de pago y una parte puede causar ISR. Saber cuánto esperar y, sobre todo, repartirlo con un plan por prioridades —deudas caras, fondo de emergencia, metas y algo de gusto— es lo que hace que este dinero trabaje para ti en lugar de esfumarse. Decide su destino antes de que llegue, y arranca el año con ventaja.
Y si te quedas con una sola idea, que sea esta: el aguinaldo no se gana en diciembre, se gana en enero. El que llega al 15 de enero con los cobros del mes cubiertos y sin deuda nueva, ganó. Ese es todo el examen.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días de aguinaldo me tocan por ley?+
La Ley Federal del Trabajo (Art. 87) marca un mínimo de 15 días de salario para quienes trabajaron el año completo; tu empresa puede dar más, nunca menos. Si trabajaste solo una parte del año, te toca la parte proporcional. Confirma las disposiciones vigentes en la fuente oficial.
¿El aguinaldo paga ISR?+
Una parte del aguinaldo está exenta de ISR: hasta el equivalente a 30 días de UMA, según la Ley del ISR y el criterio que difunde el SAT (vigente a julio de 2026). Lo que excede ese tope sí paga impuesto. Como el valor de la UMA cambia cada año, el monto exento en pesos también; haz la cuenta con la UMA del año en curso.
¿Hasta cuándo me deben pagar el aguinaldo?+
Por ley, el aguinaldo debe pagarse antes del 20 de diciembre. Si no te lo pagan, puedes acudir a la autoridad laboral. Verifica la fecha y el procedimiento vigentes en la fuente oficial.
¿Me toca aguinaldo si trabajé solo unos meses?+
Sí. Aunque no hayas cumplido el año, tienes derecho a la parte proporcional a los días que trabajaste. Se calcula según el tiempo laborado durante el año.
¿Qué hago con el aguinaldo si tengo deudas?+
Si arrastras deudas caras, como de tarjeta, suele convenir usar una parte para bajarlas: sus intereses te cuestan más de lo que casi cualquier ahorro te daría. Un plan por prioridades (deudas caras, fondo de emergencia, metas y algo de gusto) evita que se esfume.
¿Conviene apartar aguinaldo para enero en lugar de gastarlo en diciembre?+
Sí, y suele ser la decisión que más se agradece. Enero concentra cobros con fecha conocida —predial, refrendo, colegiaturas, seguros anuales— y muchas veces la quincena tarda más de lo normal en llegar. Etiquetar una parte del aguinaldo como 'dinero de enero' antes de las fiestas evita empezar el año pidiendo prestado.
¿Y si soy independiente o freelance y no recibo aguinaldo?+
El aguinaldo es una prestación de la relación laboral formal, así que si trabajas por tu cuenta no te corresponde de un tercero: te lo tienes que apartar tú. La forma práctica es separar un porcentaje fijo de cada cobro durante el año en una cuenta distinta, para tener en diciembre tu propia bolsa de fin de año y cubrir la temporada sin recurrir al crédito.
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Tienes dos ofertas sobre la mesa y una paga más. Antes de decir que sí, conviene comparar neto contra neto, ponerle precio a las prestaciones, restar los costos ocultos de cada opción y valorar lo que no se paga en dinero. Aquí tienes el método y una tabla lista para llenar.
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El finiquito es lo que te deben cuando termina tu relación laboral, aunque renuncies: días trabajados, aguinaldo y vacaciones proporcionales y prima vacacional. Aquí ves cómo se arma paso a paso y por qué no es lo mismo que la liquidación por despido.
Las horas extra se calculan en dos pasos: primero cuánto vale tu hora normal y luego ese tiempo de más al doble o al triple. Según la Ley Federal del Trabajo, las primeras 9 horas extra de la semana van al doble y de ahí en adelante al triple. Aquí lo ves con un ejemplo.